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Calculadoras Laborales

Calculadora de prestaciones laborales en República Dominicana 2026

Las prestaciones suman preaviso y cesantía cuando hay desahucio, más el salario de Navidad proporcional y las vacaciones no disfrutadas, que se pagan siempre.

RD$

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Si ya no trabajas ahí, pon tu último día.

Años enteros de vacaciones que nunca tomaste. Si siempre las tomaste, deja 0.

🔒 Todo se calcula en tu teléfono o computadora. No guardamos ni enviamos ningún dato.

Este resultado es una referencia informativa. No sustituye la asesoría de un abogado laboralista ni el criterio del Ministerio de Trabajo.

Cómo se calcula, en 3 pasos

  1. Elige la forma de terminación. El desahucio genera preaviso y cesantía; el despido justificado, no. El salario de Navidad y las vacaciones se pagan siempre.
  2. Se calcula cada prestación. Preaviso (art. 76), cesantía (art. 80), salario de Navidad (art. 219) y vacaciones (art. 177).
  3. Se suman. El total son tus prestaciones, con el desglose de cada parte y su artículo.

Las cuatro prestaciones del desahucio

  1. Preaviso — 7, 14 o 28 días según el tiempo de servicio (art. 76), pagadero en dinero si el aviso se omite.
  2. Auxilio de cesantía — 21 o 23 días por año según la antigüedad (art. 80).
  3. Salario de Navidad proporcional — la doceava parte de lo devengado en el año calendario (art. 219).
  4. Vacaciones no disfrutadas — 14 o 18 días según la antigüedad (art. 177).

Las dos primeras dependen de la forma de terminación; las dos últimas se pagan siempre, incluso con despido justificado.

Desahucio, despido y dimisión: tres cosas distintas

  • Desahucio: el empleador (o el trabajador) termina el contrato sin alegar causa. Genera preaviso y cesantía.
  • Despido: el empleador termina el contrato por una falta del trabajador. Si la prueba ante el tribunal, no paga preaviso ni cesantía; si no la prueba, el despido se considera injustificado y debe pagarlas.
  • Dimisión: el trabajador termina el contrato por una falta del empleador. Si es justificada, el trabajador cobra las mismas prestaciones que en un desahucio.

Esa distinción es la que decide el monto, así que vale la pena nombrarla bien desde el principio del reclamo.

Ejemplo con números reales

Pedro gana RD$40,000, entró el 1 de junio de 2019 y lo desahucian el 23 de octubre de 2026: siete años y casi cinco meses.

Preaviso (28 días)RD$ 46,999.58
Cesantía (161 días + 6 por la fracción = 167)RD$ 280,318.93
Salario de Navidad proporcional (296 días)RD$ 32,438.36
Vacaciones no disfrutadas del período en cursoRD$ 11,920.05
Total de las prestacionesRD$ 371,676.92

Quién tiene derecho y cuándo se paga

Todo trabajador tiene derecho a sus prestaciones al terminar el contrato. El salario de Navidad y las vacaciones no disfrutadas se pagan siempre; el preaviso y la cesantía dependen de la forma de terminación.

Si el empleador no paga, acude a la Representación Local de Trabajo del Ministerio de Trabajo de tu provincia. El trámite es gratuito y se cita al empleador a una audiencia de conciliación.

Atención a los plazos: las acciones por prestaciones laborales prescriben pronto en República Dominicana. No dejes pasar los meses esperando que el empleador reaccione.

Qué hacer si no te lo pagan en República Dominicana

Si llega la fecha límite y no te pagan, el reclamo es gratuito y no necesitas abogado para empezar. Acude a la Representación Local de Trabajo del Ministerio de Trabajo (sitio oficial, tel. 809-535-4404).

  1. Reúne tu carta de desahucio o despido, volantes de pago y tu historial en la TSS.
  2. Acude a la Representación Local de Trabajo de tu provincia; el trámite es gratuito.
  3. Se cita al empleador a una audiencia de conciliación.
  4. Si no hay acuerdo, se demanda ante el Juzgado de Trabajo. Ojo con los plazos: la acción por prestaciones prescribe pronto.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluyen las prestaciones laborales en República Dominicana?
Preaviso y auxilio de cesantía cuando hay desahucio, más el salario de Navidad proporcional y las vacaciones no disfrutadas, que se pagan siempre.
¿Cuál es la diferencia entre desahucio y despido?
El desahucio termina el contrato sin alegar causa y genera preaviso y cesantía. El despido se funda en una falta del trabajador; si el empleador la prueba, no paga esas prestaciones.
¿Cuánto me toca si renuncio?
La dimisión sin causa justificada no genera preaviso ni cesantía. Sí te corresponden el salario de Navidad proporcional y las vacaciones pendientes.
¿Cuándo deben pagarme las prestaciones?
Al terminar la relación laboral. El retraso es reclamable ante el Ministerio de Trabajo.
¿El salario de Navidad entra en el cálculo de la cesantía?
No. El artículo 219 excluye expresamente el salario de Navidad del cómputo del preaviso, de la cesantía y de la asistencia económica.

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