Calculadora de liquidación laboral en Panamá 2026
La liquidación suma la prima de antigüedad, que se paga siempre, la indemnización si el despido fue injustificado, el décimo proporcional y las vacaciones no gozadas.
🔒 Todo se calcula en tu teléfono o computadora. No guardamos ni enviamos ningún dato.
Este resultado es una referencia informativa. No sustituye la asesoría de un abogado laboralista ni el criterio del Ministerio de Trabajo.
Cómo se calcula, en 3 pasos
- Elige el motivo de la salida. Decide si hay indemnización. La prima de antigüedad, el décimo y las vacaciones se pagan en todos los casos.
- Se calcula cada prestación. Indemnización (art. 225), prima de antigüedad (art. 224), décimo proporcional (Decreto 221 de 1971) y vacaciones (art. 54).
- Se suman. El total es tu liquidación, con el desglose de cada parte y su artículo.
Lo que distingue a una liquidación panameña
En la mayoría de los países, si renuncias te vas casi sin nada. En Panamá no: la prima de antigüedad del artículo 224 se paga siempre, cualquiera que sea la causa de terminación. Esa es la pieza que conviene no olvidar al firmar.
- Prima de antigüedad — una semana por año. Siempre.
- Indemnización del art. 225 — 3.4 semanas por año en los primeros diez. Sólo si el despido fue injustificado.
- Décimo tercer mes proporcional — la parte del cuatrimestre en curso.
- Vacaciones no gozadas — un día por cada once trabajados, en dinero.
Lo que va aparte
El salario de los días trabajados del último período y las horas extra pendientes se liquidan por separado. Si hubo despido injustificado y se discutió en tribunales, pueden correr además los salarios caídos del artículo 218.
Y una advertencia práctica: la liquidación debe constar por escrito y detallada. Antes de firmar, compara los montos con este desglose; si la prima de antigüedad no aparece, falta algo.
Ejemplo con números reales
Abdiel gana B/.1,500, entró el 23 de octubre de 2014, lo despiden sin causa el 23 de octubre de 2026 y en esos doce años disfrutó 300 días de vacaciones.
| Indemnización (36.01 semanas) | B/. 12,465.33 |
| Prima de antigüedad (12.01 semanas) | B/. 4,157.64 |
| Décimo tercer mes proporcional (84 de 122 días) | B/. 344.26 |
| Vacaciones no gozadas (398.65 − 300 = 98.65 días) | B/. 4,927.27 |
| Total de la liquidación | B/. 21,894.50 |
Quién tiene derecho y cuándo se paga
Todo trabajador tiene derecho a su liquidación al terminar el contrato. La prima de antigüedad y el décimo proporcional se pagan siempre; la indemnización sólo con despido injustificado.
Si el empleador no paga, la reclamación se presenta gratis en la Dirección de Inspección de Trabajo de MITRADEL, que cita a conciliación. Si no hay acuerdo, el caso pasa a las juntas de conciliación y decisión o a los tribunales de trabajo.
Lleva tu contrato, los talonarios de pago y la ficha de la Caja de Seguro Social: prueban el salario y la antigüedad.
Qué hacer si no te lo pagan en Panamá
Si llega la fecha límite y no te pagan, el reclamo es gratuito y no necesitas abogado para empezar. Acude a la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) (sitio oficial, tel. 500-2000).
- Reúne tu contrato, talonarios de pago y la ficha de la Caja de Seguro Social.
- Presenta la queja en la Dirección de Inspección de Trabajo de MITRADEL; el trámite es gratuito.
- MITRADEL cita a una conciliación con el empleador.
- Si no hay acuerdo, el caso pasa a las Juntas de Conciliación y Decisión o a los Tribunales de Trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye la liquidación en Panamá?
¿Cuánto me toca si renuncio en Panamá?
¿La prima de antigüedad se paga con despido justificado?
¿Cuándo deben pagarme la liquidación?
¿Qué son los salarios caídos?
Más calculadoras de Panamá
Plantilla de planilla en Excel — gratis
Esta calculadora resuelve un trabajador y un cálculo. Si llevas la planilla de varios empleados, descarga la hoja: calcula el líquido de cada uno, te dice cuánto llevas provisionado de aguinaldo y Bono 14, y saca la liquidación cuando alguien se va.
- Planilla mensual con IGSS e ISR calculados por ti.
- Provisión de aguinaldo, Bono 14 y vacaciones al día de hoy.
- Liquidación completa al dar de baja a un empleado.
- Una hoja con los porcentajes y tramos vigentes, para actualizarla cada enero.