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Calculadoras Laborales

Calculadora de indemnización por despido en Panamá 2026

3.4 semanas de salario por año en los primeros diez años y una semana por cada año posterior. Es adicional a la prima de antigüedad (art. 225 del Código de Trabajo).

B/.

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Este resultado es una referencia informativa. No sustituye la asesoría de un abogado laboralista ni el criterio del Ministerio de Trabajo.

Cómo se calcula, en 3 pasos

  1. Se obtiene el salario semanal. salario mensual × 12 ÷ 52.
  2. Se reparten los años en dos tramos. Los primeros diez años pagan 3.4 semanas cada uno; cada año posterior paga 1 semana.
  3. Se multiplica por el salario semanal. indemnización = semanas acumuladas × salario semanal, con proporción por los años incompletos.

La escala vigente del artículo 225

El artículo 225 del Código de Trabajo tiene tres acápites, según cuándo empezó la relación laboral. Para las relaciones iniciadas a partir de la vigencia de la ley que lo reformó —es decir, prácticamente todas las actuales— se aplica el acápite C:

  • 3.4 semanas de salario por cada año laborado en los primeros diez años.
  • 1 semana de salario por cada año posterior al décimo.

La norma añade que estas indemnizaciones no pueden combinarse con ninguna otra escala, y que si no se cumple algún año completo se paga la proporcionalidad correspondiente.

Cuándo procede

La indemnización aparece cuando el contrato por tiempo indefinido termina por despido injustificado o sin la autorización previa necesaria, y el trabajador opta por la indemnización en lugar del reintegro. El artículo 218 permite pedir a las juntas de conciliación y decisión, o a los tribunales de trabajo, el reintegro al cargo o el pago de esta indemnización.

Además de la indemnización corren los salarios caídos desde la fecha del despido, con los límites del propio artículo 218.

Se suma a la prima de antigüedad

El artículo 225 empieza diciendo "sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior". Eso significa que la indemnización no sustituye a la prima de antigüedad: en un despido injustificado se cobran las dos.

Ejemplo con números reales

Abdiel gana B/.1,500 y lo despiden sin causa tras 12 años.

Salario semanal (B/.1,500 × 12 ÷ 52)B/. 346.15
Primeros 10 años × 3.4 semanas34 semanas
2.01 años posteriores × 1 semana2.01 semanas
Semanas totales36.01 semanas
36.01 × B/.346.15B/. 12,465.33
Indemnización (además de la prima de antigüedad)B/. 12,465.33

Quién tiene derecho y cuándo se paga

Corresponde al trabajador con contrato por tiempo indefinido despedido sin causa justificada o sin la autorización previa que exija la ley, cuando opta por la indemnización en vez del reintegro.

No corresponde con renuncia voluntaria ni con despido fundado en una causa justificada probada por el empleador. En cambio, la prima de antigüedad sí se paga siempre, así que nunca te vas con las manos vacías.

El reclamo se presenta ante MITRADEL o ante las juntas de conciliación y decisión. El plazo para pedir el reintegro o la indemnización es corto, así que no conviene esperar.

Qué hacer si no te lo pagan en Panamá

Si llega la fecha límite y no te pagan, el reclamo es gratuito y no necesitas abogado para empezar. Acude a la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) (sitio oficial, tel. 500-2000).

  1. Reúne tu contrato, talonarios de pago y la ficha de la Caja de Seguro Social.
  2. Presenta la queja en la Dirección de Inspección de Trabajo de MITRADEL; el trámite es gratuito.
  3. MITRADEL cita a una conciliación con el empleador.
  4. Si no hay acuerdo, el caso pasa a las Juntas de Conciliación y Decisión o a los Tribunales de Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado en Panamá?
3.4 semanas de salario por cada año laborado en los primeros diez años y una semana por cada año posterior, según el acápite C del artículo 225.
¿La indemnización incluye la prima de antigüedad?
No, son prestaciones distintas y compatibles. En un despido injustificado se cobran las dos.
¿Puedo pedir el reintegro en lugar de la indemnización?
Sí. El artículo 218 permite solicitar el reintegro al cargo o el pago de la indemnización del artículo 225.
¿Qué son los salarios caídos?
Los salarios que se devengan entre el despido y la resolución del caso, con los límites que fija el artículo 218.
¿Y si no completé el último año?
Se paga la proporcionalidad correspondiente, como indica expresamente el artículo 225.
¿Se puede combinar con otra escala de indemnización?
No. La norma dice que estas indemnizaciones no podrán combinarse con ninguna otra escala.

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